La iniciativa contempla como eje central, la movilidad del Ganado, así como los trámites administrativos y sanitarios que se derivan de esta acción.
El presidente de UGROY y diputada local, Esteban Abraham Macari, declaró que antes no se consideraba el identificador oficial, el cual regula la movilidad y trazabilidad del ganado, tampoco penas a quienes mal usen el arete o movieran animales sin guía remo o guía de traslado.
Con la nueva ley hay sanciones y penas hasta para los choferes que hagan movimiento sin documentación.
Abraham Macari señaló que la actual ley ganadera data de 1972, y en estos años se han registrado avances en el sector, por lo cual es urgente contar con una norma que se ajuste a las necesidades, requerimientos y circunstancias actuales, y que den una respuesta efectiva a los problemas que hoy enfrentan la ganadería y la apicultura.
“Esta iniciativa tiene muchas más obligaciones del gobierno hacia los ganaderos y de éstos hacia el gobierno, como por ejemplo presentar el registro de fierro en la Secretaría de Desarrollo Rural y los ayuntamientos, porque es el que da la posesión y la propiedad. El arete no determina propiedad, solo trazabilidad (serie de procedimientos que permiten seguir el proceso de evolución de un producto en cada una de sus etapas), dónde nació tu animal, a dónde va y hacia dónde se mueve”, explicó.
El fierro es el que determina la propiedad, abundó. Entonces hay que identificar el fierro ante las autoridades para que cada uno sea de un dueño y el animal sea del dueño del fierro.
“Del primer fierro es el primer dueño, el segundo es que ya se le vendió a alguien y así sucesivamente si se le fue vendiendo a alguien más”, explicó.
La nueva ley en proceso consta de 13 títulos, 36 capítulos y 310 artículos, mientras que la actual que se planea derogar se integra con ocho títulos, 27 capítulos y 192 artículos.
Las sanciones de la nueva ley van desde, 100 UMAS (Unidad de Medida y Actualización. Cada una equivale hoy a $96.22), por no manifestar el ejercicio de explotación pecuaria, hasta 20,000 UMAS ($1.924,400) por introducir de otro estado o mover ganado a otras entidades haciéndolo pasar como si su origen fuera de Yucatán y no lo fuera.
También se castigará con multas que van de 1,000 a 10,000 UMAS a quien falsifique o altere el documento de transmisión de propiedad, guía de tránsito u orden de sacrificio, así como una sanción administrativa de 5,000 a 15,000 UMAS por poner en riesgo el status sanitario del estado.